Insolvencia de persona natural no comerciante

Negocie las deudas

Suspenda el remate del patrimonio

Convalide acuerdos de pago

¿Eres persona natural no comerciante?

Son personas naturales no comerciantes aquellas que no se encuentren registradas como comerciantes ante la DIAN o Cámara de Comercio, y ejerzan profesiones liberales, es decir, aquellas para las cuales se requiere la obtención de un título académico (artistas, servidores públicos, abogados, médicos, etc.) 

Paso a paso

1. RADICACIÓN
Radicar la solicitud por parte del deudor, en donde el Centro de Conciliación de FENALCO, verifica que el contenido de la misma, cumpla los requisitos establecidos en el artículo 538, y 539 del C.G.P.
2. VERIFICACIÓN Y ADMISIÓN

Se verifica por parte del Centro de Conciliación de FENALCO, si el Deudor se encuentra con Registro Mercantil ACTIVO, o CANCELADO.

Una vez se cumplan con los supuestos de la insolvencia, así como los requisitos, se procede a la admisión del trámite, y se fija fecha y hora para la realización de la negociación de deudas.

3. ACTUALIZACIÓN DEL CRÉDITO

En documento adjunto se informa que, el Deudor debe hacer la ACTUALIZACIÓN DE LOS CRÉDITOS y que, en el evento de existir procesos judiciales, deben ser suspendidos.

4. NOTIFICACIÓN

Se procede a notificar a los acreedores que estén relacionados en la solicitud, y se informa la duración del trámite, el cual será de 60 días contados a partir del día siguiente de la admisión.

5. INVITACIÓN A ENTIDADES

Una vez se haya fijado fecha y hora para la Audiencia de Negociación de Deudas, se debe realizar invitación de oficio a cada trámite a las siguientes Entidades Nacionales y/o Distritales: DIAN, SECRETARIA DE HACIENDA, IDU, UGPP, SENA.

6. AUDIENCIA Y RESULTADO

Una vez se tenga el resultado de la audiencia se hace entrega de una Copia Original al Deudor, y a los Acreedores, a través de correo electrónico.

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